¿Por qué no se denuncia el Acoso Laboral?
De acuerdo con los
datos de la Defensoría de los Habitantes y del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social (MTSS), en
la mayoría de los casos las víctimas de acoso laboral no denuncian por lo
complejo del proceso y el temor a las represalias; además, por la falta de una
legislación adecuada, así como por la cultura que se ha seguido de
invisibilizar el acoso laboral como una práctica denigrante que destruye
psicológica y hasta físicamente a las personas ocasionando severos daños para
el entorno familiar y el clima laboral de las mismas organizaciones. La
víctima generalmente, se siente impotente y aislada del colectivo de trabajo,
debido a que los compañeros y compañeras temen involucrarse o, bien, se ponen
del lado de quienes ejercen el acoso laboral para no ser la próxima víctima.
Esos son algunos de los factores que inciden en la escasa denuncia de los
hechos.
Al no existir en el país un
procedimiento específico sancionador que resguarde a las personas que son
víctimas de acoso laboral, estas situaciones deben ser planteadas en la vía ordinaria laboral o
contencioso administrativa, significa que las denuncias no deben ser planteadas ante la Sala Constitucional sino que debe
hacerse por la vía correspondiente. Otra dificultad, es que en la Administración Pública
las denuncias por hostigamiento laboral son tramitadas como un procedimiento
administrativo más, donde el denunciante es
tomado como testigo,
y en tal condición, no se le considera parte del caso, por lo que no tiene
acceso al expediente. Al seguirse ese procedimiento
muchas veces la persona queda en indefensión al no ser tomado en cuenta como se
debe en el proceso. Esto es motivo de mucha frustración por parte de la víctima al ver que
sus derechos no son garantizados por el sistema. Además,
constituye otra evidencia más de la necesidad de que exista una ley específica para
tratar el acoso laboral, dado que la legislación es
insuficiente mientras que los casos de mobbing laboral van en aumento.
Cabe destacar la importancia de que tanto las empresas como
instituciones trabajen en procedimientos preventivos de acoso laboral, lo cual no solo
generaría un ambiente laboral idóneo para todos, sino, también, evitaría que
los afectados tengan que acudir a instancias como el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social (MTTS), los Tribunales de Justicia y la Defensoría de los
Habitantes.
Resulta esperanzador el
artículo escrito por el corresponsal Gerin Portilla de Diario Extra, publicado el pasado
15 de junio de 2015, que dice: Por primera vez el Tribunal de Inspección
del Poder Judicial, resuelve de su parte una sentencia de revocatoria de
nombramiento para una jueza de apellido Tencio, por acoso laboral. Con el voto
número 666-2015, se da una respuesta a cuatro denunciantes directos, y a más de
24 testigos que declararon en un juicio que tardó aproximadamente dos meses.
La instancia que solicitó la drástica medida para la funcionaria, está a
la espera de lo que determine el Consejo Superior, que sería el encargado de
confirmar la sentencia o determinar otra resolución. Revocar el nombramiento
implica el despido de un funcionario, sin responsabilidad patronal.
En dicho artículo se señala que uno
de los denunciantes expresó el desgaste físico y mental que le produjo esa
situación a las víctimas; de hecho, tanto el denunciante como varios de sus
compañeros requirieron de un psicólogo para enfrentar el problema de acoso que
se había prolongado por casi diez años; no obstante, no se atrevían a denunciar
por miedo a perder el trabajo, la estabilidad laboral, que se tomaran
represalias, etc. Como se puede notar no es fácil tomar la decisión; sin
embargo, la gente debe armarse de valor para denunciar y defender sus derechos.
Indudablemente, esta resolución sienta un precedente en la eliminación del
acoso laboral, en las diferentes instituciones del país tanto públicas como
privadas. Los invito a que se suscriban en el blog.
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